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Fuerzas Armadas de Perú: mugre institucional

25/01/2010 16:50 2 Comentarios Lectura: ( palabras)

Los militares de Perú, asesinan a civiles: mujeres, ancianos, niñas, los tienen durante una semana sin probar alimento ni agua, maniatados, vendados, y después los asesinan. Los militares gozan de impunidad

EL GENOCIDIO DE TOTOS (AYACUCHO)

Esto es Perú: es una republiqueta, una republiqueta de la impunidad. Los militares de la Fuerza Armada de Perú, no solamente son cobardes al asesinar a ancianos y niños maniatados. Lo peor es que el estado peruano les da impunidad. El “Chacal”, jefe de la Base Militar de Totos, quien dirigió este execrable genocidio, permanece suelto, contando con la protección del estado peruano. Ni siquiera necesita esconderse; después del genocidio, ha estado haciendo vida pública en el norte del país; inclusive, se ha dado el lujo de desempeñarse como presidente del Club de Leones de Tumbes. Obviamente, estos militares genocidas de la Fuerza Armada, cuentan con la protección del estado peruano.

He aquí lo que sobre estos hechos, dice la Comisión de la Verdad:

La información obtenida a partir del presente caso y los casos precedentes permite afirmar que la Base Militar de Totos constituía una repartición militar de particular importancia al inicio de la intervención del Ejército en la provincia de Cangallo y tuvo un rol fundamental en la lucha contrasubversiva en una de las zonas más convulsionadas del departamento de Ayacucho, lo que vincula directamente la actuación del personal militar de este destacamento a la práctica de desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales.

Como parte de las acciones desarrolladas por la Base Militar de Totos para combatir a las columnas de Sendero Luminoso que actuaban en los distritos de Chuschi, Totos y otras localidades aledañas, y luego del ataque al poblado de Canchacancha –perteneciente a la comunidad de Chuschi- ocurrido el 21 de mayo de 1983, se iniciaron una serie de operativos por efectivos militares al mando del conocido como “Capitán Chacal”, Santiago Alberto Picón Pesantes, acompañados de aproximadamente un centenar de pobladores de las localidades afectadas. Estos operativos se concentraron en la zona que comprende la Comunidad Campesina de Quispillaccta, su principal centro poblado y sus anexos.

Entre el 28 y el 31 de mayo de 1983, como producto de los operativos arriba señalados, las fuerzas del orden intervinieron y detuvieron a las siguientes personas:

Moisés Huamaní Ccallocunto, quien fue intervenido el 28 de mayo por aproximadamente tres efectivos del Ejército en horas de la mañana en su domicilio ubicado en el barrio de Pampamarca. El motivo de la detención fue el hallazgo de un trozo de tela roja –según su nuera utilizada para la confección de una pollera- que los militares atribuyeron fue usada para elaborar banderas de Sendero Luminoso. Fue conducido junto con el resto de miembros de su familia al poblado de Cuchoquesera, donde se encontraba reunida una gran cantidad de pobladores. En este lugar, Moisés Huamaní Ccallocunto fue separado del grupo, atado de manos y conducido al poblado de Catalinayoq, donde pernoctó, para ser llevado al día siguiente hasta Chuschi.

Nemesio Moreno Huamaní y sus hijos Virginio Moreno Machaca y Victorio Moreno Machaca, quienes fueron intervenidos por aproximadamente veinte efectivos militares el 28 de mayo en horas de la tarde, en el paraje conocido como Paltamachay, en circunstancias que retornaban al barrio de Pampamarca luego de haber asistido a una reunión comunal en Chuschi.

Víctor Espinoza Achallma, quien fue detenido por aproximadamente diez efectivos militares el 28 de mayo, en circunstancias que se encontraba con su esposa Marcelina Quispe Hualla en el barrio de Punkupata.

Demetrio Galindo Rocha y Francisco Huamaní Galindo, quienes fueron intervenidos el 28 de mayo alrededor de las tres de la tarde por un grupo de efectivos militares acompañados de ronderos de Chuschi y Canchacancha, en el paraje conocido como Quimsacruz, en circunstancias que retornaban desde el poblado de Quispillaccta hacia Pampamarca.

José Tomaylla Moreno y Cirilo Galindo Huamaní, quienes fueron detenidos el 28 de mayo alrededor de las cuatro de la tarde en el paraje de Llachoq –en el camino entre Quispilaccata y Pampamarca- por el mismo grupo que intervino a los detenidos en Paltamachay y Quimsacruz.

Cirilo Conde Galindo, quien fue detenido entre el 28 y 29 de mayo –sus familiares no pudieron precisar la fecha exacta- por efectivos militares en su chacra ubicada en el paraje de Uyrucuchu, en circunstancias que se encontraba realizando labores agrícolas.

Marcelino Espinoza Núñez y Francisco Núñez Vilca, pobladores de Cuchoquesera, quienes fueron detenidos la tarde del 29 de mayo en Catalinayoq, al término de una reunión convocada por los miembros del Ejército a la que concurrieron alrededor de 200 pobladores de cuatro barrios de la comunidad de Quispillaccta. Ambos fueron conducidos también hacia el poblado de Chuschi.

Martín Vilca Tomaylla, quien fue detenido la noche del 30 de mayo por miembros del Ejército en el anexo de Llaqtahurán, en circunstancias que se encontraba durmiendo en su domicilio. De acuerdo a lo sostenido por su hijo Guillermo Vilca Galindo, los efectivos militares inicialmente se hicieron pasar por subversivos y dieron vivas a Sendero Luminoso que fueron contestadas por su padre, hecho que motivó su detención. Fue conducido a la escuela de Llaqtahurán y posteriormente en horas de la madrugada a Chuschi en compañía de otras personas detenidas esa noche en la localidad.

Gregorio Cuello Flores, quien fue detenido la madrugada del 31 de mayo por miembros del Ejército en el anexo de Llaqtahurán, en circunstancias que se había refugiado en la casa de su tío Espíritu Tomaylla Vilca luego de que se escucharon dos fuertes detonaciones en esa localidad. Ambos fueron conducidos a la escuela de la localidad, pero Espíritu Tomaylla logró huir posteriormente. Según ha manifestado Cirilo Cuello Quispe –hijo de Gregorio Cuello Flores-, los militares ingresaban a las viviendas simulando ser subversivos diciendo “hola compañeros” y que en su domicilio se apoderaron de los escasos objetos de valor que encontraron. Asimismo, que alrededor de las cuatro de la madrugada los detenidos fueron conducidos hacia Chuschi con los rostros pintados de hollín.

Antonio Galindo Pacotaype, quien entonces contaba con quince años de edad y fue detenido la madrugada del 31 de mayo por un grupo de efectivos militares vestidos con atuendo campesino en el anexo de Llaqtahurán, en circunstancias que se encontraba durmiendo en su domicilio. Junto con él fue detenido su abuelo Manuel Pacotaype Galindo y ambos fueron conducidos a la escuela del lugar donde ya se encontraban detenidos Martín Vilca Tomaylla, Gregorio Cuello Flores y Espíritu Tomaylla Vilca. En la madrugada fueron conducidos hacia Chuschi y, a la altura del paraje de Pachaputunku, Manuel Pacotaype Galindo fue liberado debido a que no podía caminar por su avanzada edad.

Las detenciones se basaron, fundamentalmente, en dos criterios de selección: una lista de personas presuntamente involucradas en actividades subversivas y la sindicación inopinada efectuada por los comuneros de Chuschi. No hay referencia a la existencia de órdenes de captura o al uso de algún documento oficial que incrimine o justifique la intervención contra los pobladores de Quispillaccta.

Los efectivos militares juntaron a los detenidos3 en el paraje de Sulcaraypata y, en este lugar, los comuneros que los acompañaban preguntaron a los miembros del Ejército si los mataban en ese lugar o los llevaban al puesto policial de Chuschi, pero éstos ordenaron emprender la marcha hacia el mencionado poblado. Los detenidos fueron conducidos a la antigua escuela de Chuschi ubicada en la plaza de armas del distrito, junto a la casa donde se hallaba instalada la Comisaría.

Los familiares de las víctimas han señalado que al llegar a Chuschi, los comuneros de esa localidad les impidieron el paso en el puente que separa ese centro poblado con la Comunidad de Quispillaccta. Por lo tanto, no podían acercarse para averiguar sobre la situación de sus parientes ni verificar en qué condiciones se hallaban detenidos.

Un testigo sobreviviente (cuya identidad se mantiene en reserva) relató que los detenidos fueron llevados con las manos atadas a una vivienda de la comunidad –la antigua escuela de Chuschi-, donde permanecieron alrededor de una semana4. Al interior de este lugar, los detenidos

3 Junto con los quince detenidos señalados, el 28 de mayo en el paraje de Quimsacruz fue detenida otra persona, cuya identidad se mantiene en reserva y que se encuentra registrada como Testigo Nº61-2003-CVR.

4 Los testimonios hacen referencia indistintamente a un lapso de cinco días y una semana.

Fueron obligados a permanecer maniatados, sin ningún tipo de venda y fueron prohibidos de hablar. Según el testigo, cualquier pregunta o reclamo de los detenidos los efectivos militares respondían “¡terrucos, cállense!” y los golpeaban con las culatas de sus armas. Durante su detención, el testigo conoció al oficial que se hacía llamar “Chacal”, quien dio la orden a los soldados para que golpearan a los detenidos.

La misma fuente afirma que durante el tiempo que permanecieron detenidos, no se les proporcionó agua ni alimentación. El único alimento que ingirieron durante su detención fue un poco de pan que compraron con el escaso dinero que lograron reunir y que mediante ruegos les fue alcanzado por los soldados.

No hay referencias sobre la intervención de alguna autoridad civil o la presencia de un abogado defensor durante el período de detención. En general, las características de la detención no corresponden a la realización de un procedimiento regular.

Aproximadamente luego de una semana de permanecer en Chuschi, los detenidos fueron sacados del centro de detención y conducidos en dos helicópteros a la base militar de Totos. Al llegar a esta localidad les cubrieron la cabeza, los obligaron a bajar y los condujeron a pie hasta la instalación militar.

En el interior de la base militar, los quince detenidos fueron introducidos en una habitación donde se hallaban otras personas. El testigo sobreviviente narró las condiciones en las que se encontraban los detenidos en la base de Totos:

En un cuarto habían también otras personas, no sé de qué lugares serían esas personas; en eso me di cuenta que el trapo con el que me vendaron tenía un hueco, cuando veía por ahí, en un rincón, estaba en una esquina lleno de mierda el salón, y ahí comenzamos a penar; también habían muchachitas jovencitas, viejitos, viejas (...) ahí estaba la gente llorando, penando, algunos de los viejos decían “de una vez, mátennos ya... 5

Los detenidos permanecieron en la base militar de Totos solamente un día. La misma tarde, los efectivos militares les anunciaron: “Los de Quispillaccta y de Chuschi: esta noche vamos a sacar dinero de los realistas, esta noche van a ir. Ahora van a comer y después de eso nos vamos a ir”6. A continuación, por primera vez en varios días, les proporcionaron alimentos; mientras permanecían vendados y con las manos atadas, cada uno recibió un cucharón de comida en la boca.

Alrededor de la medianoche, los detenidos fueron levantados y obligados a salir de la habitación donde se hallaban. Fueron conducidos hacia las afueras de Totos por un grupo de diez a quince soldados aproximadamente, que se encontraban al mando de un efectivo militar no identificado, descrito como “un gordo alto”. Los soldados estaban armados y los rodeaban. Para trasladarse, les quitaron las vendas pero permanecieron maniatados; solamente a dos de ellos les quitaron las ligaduras para que llevaran dos palas y dos picos viejos.

5 Entrevista al Testigo Nº 61-2003-CVR realizada en la ciudad de Huamanga (Ayacucho) el 02 de abril del 2003.

6 Ibid.

Luego de caminar varios minutos y ascender por el costado de una pequeña quebrada –zona posteriormente identificada como el paraje de Sancaypata-, el grupo se detuvo en la ladera de un cerro y subió por la misma, apartándose del camino de herradura por el que habían transitado. Los detenidos fueron desatados y separados en dos grupos, ubicados a unos diez a quince metros uno del otro, y cada grupo fue obligado a cavar una fosa. No fueron sometidos a ningún tipo de interrogatorio ni se les exigió ninguna declaración o información.

Ante la sospecha que las fosas serían utilizadas para sepultarlos, el testigo sobreviviente decidió escapar, y se lanzó por la pendiente hacia el camino, se golpeó la cabeza al caer y perdió momentáneamente el sentido. Al recobrar el conocimiento, escuchó cómo ejecutaron a sus compañeros y que los soldados lo buscaban:

...en eso comencé a escuchar los sonidos de ametralladoras y solamente escuché un ay! de dolor de alguien ya pues ahora ves, “ya lo mataron” dijo. Escuché que alguien decía “traigan al otro, ese pues, tráiganle a ese otro, porque es probable que haya muerto”. Alguien dijo que “no hay”, y de ahí donde me había caído, al recobrar la conciencia, escapé a un lugar más seguro. Y ahí comenzaron los demás soldados a buscarme, hacia arriba, hacia abajo, hacia los eucaliptos comenzaron a tirar balas (...) Al no encontrarme, se reunieron y alguien dijo “cojudo de mierda, conchatumadre, por qué no lo has matado!”.

El testigo afirma que huyó hacia una zona más alta y desde allí pudo escuchar que los efectivos militares regresaron al sitio donde habían ejecutado a los detenidos y se reunieron, presumiblemente para enterrar a estas personas, lo cual atribuye al hecho de haber oído sonido de piedras que provenían de ese lugar. Seguidamente, el grupo de soldados se dirigió de regreso hacia el poblado de Totos.

Los exámenes médicos legales y forenses practicados a los restos inicialmente atribuidos a las víctimas no arrojan aún resultados definitivos por lo que no pueden extraerse conclusiones fehacientes de tales hallazgos con relación a los hechos denunciados.

No obstante, la hipótesis que se desprende del citado testimonio, de que los detenidos fueron ejecutados en el paraje de Sancaypata en aquella ocasión, se encuentra corroborada por la coincidencia de la secuencia de hechos verificada en el presente caso con la práctica utilizada por los efectivos de la Base Militar de Totos –de acuerdo a los testimonios recogidos- consistente en conducir a los detenidos en horas de la noche con destino desconocido y la ausencia de noticias posteriores sobre su situación. Asimismo, por los actos preparatorios como el transporte de herramientas y la excavación forzada de hoyos en la tierra, actividad que en las circunstancias descritas no pudo haber tenido otra finalidad que la elaboración de fosas clandestinas para la inhumación de las víctimas. De otro lado, se ha verificado que la zona de Sancaypata habría sido utilizada en otras ocasiones como un lugar de ejecución e inhumación de personas7.

7 Al respecto, durante las visitas de inspección realizadas por miembros de la Comisión de la Verdad y Reconciliación en la zona de Sanccaypata, al noreste del poblado de Totos, los días 25 y 28 de agosto del 2002, se pudo apreciar

Debe tenerse en cuenta también la ausencia de registro de antecedentes judiciales y de ingreso a establecimientos penales de las víctimas, lo que demuestra que no fueron puestas a disposición de las autoridades judiciales, así como la ausencia de toda noticia o registro posterior de hechos que demuestren o hagan presumible la supervivencia de las víctimas transcurridos veinte años de sucedidos los hechos.

Por todo ello, se puede presumir razonablemente que la secuencia de detención, confinamiento y conducción de los detenidos al paraje de Sancaypata culminó con su ejecución extrajudicial e inhumación en las fosas que las víctimas fueron previamente obligadas a excavar. Asimismo, que tales actos fueron realizados por disposición del Jefe de la Base Militar de Totos conocido “Capitán Chacal”, Capitán EP Santiago Picón Pesantes. En la medida que los perpetradores realizaron actos previos a la ejecución, tales como dirigirse al lugar portando herramientas y cavar previamente una fosa, así como acciones posteriores a la misma –inhumación de los cuerpos- con la finalidad de ocultar los restos de sus víctimas, puede afirmarse que existió un plan preconcebido para darles muerte que efectivamente fue realizado y alcanzado por sus autores.

A partir de la investigación realizada por la Defensoría del Pueblo y el informe técnico de inspección elaborado por el Equipo Peruano de Antropología Forense (EPAF), la Plataforma conjunta de trabajo en la investigación de fosas comunes (conformada por el Ministerio Público, la propia Defensoría del Pueblo, la Comisión de la Verdad y Reconciliación, y la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos) decidió realizar una exhumación vinculada a los sucesos ocurridos en Sancaypata.

La Fiscalía Especializada para Desapariciones Forzosas, Ejecuciones Extrajudiciales y Exhumación de Fosas Clandestinas dispuso la realización de la diligencia, la que se desarrolló el 26 de agosto del 2002 con participación de peritos internacionales propuestos por la Comisión de la Verdad y Reconciliación y expertos de la Unidad de Investigación Forense. Durante la misma, se comprobó que las fosas se hallaban alteradas o perturbadas por factores ambientales que abrieron las fosas (pendiente del terreno y procesos erosivos diversos como lluvia o viento) y factores biológicos que ocasionaron la destrucción y dispersión de los restos (actividad de animales depredadores). Estos elementos explicarían la diferencia entre los quince cuerpos que se esperaba encontrar y los restos efectivamente hallados, que corresponderían a no menos de siete personas, algunos de ellos en avanzado estado de deterioro.

Tras los estudios efectuados en una morgue instalada en la ciudad de Ayacucho entre el 30 de agosto y el 6 de septiembre del 2002, se arribó a la identificación presunta de una de las víctimas mediante una combinación de su perfil biológico (sexo, edad, estatura), sus características individuales (lesiones antiguas, defectos congénitos, etc.) –especialmente de la dentadura mediante el estudio odontológico forense-. Sin embargo, los restos no fueron reconocidos por sus familiares.

Superficialmente la existencia de siete a ocho posibles fosas clandestinas de inhumación, en una zona de aproximadamente 2, 500 metros cuadrados.

Por tales, razones, se solicitó la toma de muestras de ADN a los familiares de la víctimas para el análisis correspondiente, cuyos resultados se encontraban pendientes hasta la elaboración del presente informe.

La desaparición forzada y la ejecución extrajudicial de Cirilo Conde Galindo, Gregorio Cuello Flores, Víctor Espinoza Achallma, Marcelino Espinoza Núñez, Antonio Galindo Pacotaype, Demetrio Galindo Rocha, Moisés Huamaní Ccallocunto, Francisco Huamaní Galindo, Nemesio Moreno Huamaní, Victorio Moreno Machaca, Virginio Moreno Machaca, Francisco Núñez Vilca, José Tomaylla Moreno y Martín Vilca Tomaylla no puede verse como un hecho aislado, sino vinculado al conjunto de acciones desarrolladas por los miembros del Ejército de la Base Militar de Totos durante 1983, época que marca el inicio de la intervención de las fuerzas armadas para combatir el fenómeno de la subversión en los distritos de la provincia de Cangallo en los cuales existía presencia de Sendero Luminoso.

En tal sentido, la información obtenida en el presente caso, arroja serios indicios de que durante 1983, se produjo un elevado número de casos de desaparición forzada y ejecución extrajudicial de personas que fueron capturadas por el Ejército y conducidas a la Base Militar de Totos.

Es preciso mencionar que dada la incidencia en tiempo y espacio, las circunstancias en la que ocurrieron los hechos descritos, la forma de actuar de los efectivos militares, el número del personal y los recursos empleados hacen evidente que la decisión para realizar estas acciones excedía las facultades del jefe de la base militar. Por tal motivo, existen elementos que conducen a una presunción de que los hechos reseñados corresponderían a un modo de actuación regularmente utilizado por los miembros del Ejército destacados en la base militar de Totos durante 1983. Más aún, debe comprobarse si tales prácticas fueron conocidas y contaron -cuando menos- con la anuencia de los oficiales a cargo del Batallón de Infantería Motorizada Nº 43, así como del oficial que cumplía las funciones de G-3 Rural y el Jefe del Comando Político Militar con sede en Huamanga, ante quienes el Capitán Picón Pesantes debía reportar sus actividades.

Además, es menester manifestar que los actos mencionados constituyen violaciones del derecho a la vida, consagrado en el artículo 6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el artículo 4 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y el artículo 3 común a los Convenios de Ginebra; del derecho a la integridad personal, estipulado en el artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles, el artículo 5 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el artículo 3 común a los Convenios de Ginebra; y del derecho a la libertad y seguridad personales, consagrado en el artículo 9 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el artículo 7 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.


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Usuario anónimo (10/02/2010)

De esa mugre pestilente sale Donayre para autocalificarse de enviado de dios y salvar al Peru. Desgraciado gasolina sua.

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Usuario anónimo (26/04/2010)

Solo muertos tendriamos paz, ya estoy harta de injusticia