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28/11/2018

Uno de los momentos más amargos en la vida de cualquier persona es el día en el que es despedida. Quizá se lo espere o quizá no, puede que no solo la hayan despedido a ella, sino también a una gran parte o a toda la plantilla, pero nada de eso importa, el golpe recibido es igual de duro

Uno de los momentos más amargos en la vida de cualquier persona es el día en el que es despedida. Quizá se lo espere o quizá no, puede que no solo la hayan despedido a ella, sino también a una gran parte o a toda la plantilla, pero nada de eso importa, el golpe recibido es igual de duro.

Al afectado le surgirán en ese preciso instante muchas preguntas, como por ejemplo qué va a hacer para mantenerse y reincorporarse al mercado laboral. Sin embargo, antes de intentar resolver esas dudas, es fundamental que tenga muy claro los conceptos que se explican a continuación.

¿Cuáles son las obligaciones del empresario ante un despido?

El empresario tiene la obligación de avisar a su empleado con quince días de antelación al despido, excepto si se trata de un despido disciplinario. No obstante, algunos prefieren que este salga de la empresa el mismo día en el cual es despedido y pagarle el salario correspondiente a esos quince días.

Además, el dueño de la compañía también está obligado a redactar una carta de despido en la que comunica al trabajador los motivos del mismo. La fecha es el dato más importante a tener en cuenta de este documento. Hay que comprobar que esta corresponde a la del día en la que es entregada, y también es preciso recordarla bien, ya que todos los trámites que se lleven a cabo posteriormente tendrán esa fecha como referencia.

¿Qué debo hacer si me despiden?

No hay que olvidar poner las palabras ?no conforme? en la carta de despido. Estas deben aparecer justo al lado de la rúbrica, ya que solo de ese modo el individuo tendrá la oportunidad de asesorarse posteriormente y presentar una reclamación si procediese.

El trabajador tiene derecho a recibir un finiquito cuando es despedido. Se trata de la liquidación de las cuentas pendientes que la compañía tiene con él. En el caso de que aún le queden por disfrutar días de vacaciones o alguna paga pendiente, la empresa tendrá que realizar el cálculo de la parte proporcional correspondiente hasta la fecha del despido para abonárselo, así como la de los días trabajados del mes, las horas extra y los días de preaviso.

Tanto si se trata de un despido improcedente como de un despido procedente, el pago de esta liquidación por parte de la empresa es obligatorio, por lo que además de incluir las palabras ?no conforme? a la hora de firmar, como se ha mencionado anteriormente, el empleado también puede agregar las palabras ?cantidades no recibidas? si no le han pagado el dinero que le deben cuando firma la carta de despido, ya que solo así podrá reclamarlo, teniendo hasta un año para hacerlo.

No hay que confundir el finiquito con la indemnización, ya que esta última solo será proporcionada si el despido es objetivo o improcedente, y la cual dependerá del salario del trabajador, su antigüedad en la empresa y el tipo de despido al que le han sometido.

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