¿Quieres recibir una notificación por email cada vez que Soltu escriba una noticia?
Continuamente acréedores rematan predios inmuebles
Un remate siempre es doloroso. Acabado el acuerdo entre el acreedor y el deudor, este interpondrá un juicio ejecutivo, y en la demanda solicitará embargo preventivo del bien inmueble, y presentará la letra de cambio o el Pagaré o, en otro tipo de juicios, la escritura de hipoteca que usted firmó a favor del acreedor
En otras palabras, si usted paga, el Juez ordenará la anulación de la anotación de estos embargos en Registros Públicos; si no lo hace, entonces el embargo se ejecutará y de preventivo se convertirá en ejecutivo, lo que significa que el remate será publicado en los diarios oficial y de mayor publicidad del País.
Después de esto, se fijará día y hora para el remate, en un documento judicial en donde también está la descripción del bien, tanto física como legal.
Nadie quiere que le rematen su bien así que le aconsejamos lo siguiente :
PREVENCIÓN
La necesidad de dinero es fuerte, pero es un error meterse con usureros.
Preste sólo el dinero que necesita.
Tampoco salga fiador o garante de un tercero
Para sus negocios es mejor usar una combinación de dinero suyo y prestado
De otro lado hay acréedores que cobran sus deudas a travéz de empresas de cobranza, éstas obtienen como contraprestación un porcentaje del dinero obtenido en el remate, o del dinero que paga el deudor buenamente.
Dilate el juicio pero con un plan para pagar su deuda
Ya esto significa un costo para el acreedor, asi que intente no atrasarse en sus letras
Por último, evite poner en garantía bienes cuya propiedad comparte con otros : por ejemplo : bienes de una herencia, que ellos han delegado legalmente en usted, en base a la confianza en su buena administración. Usted podría hacer viajar a toda la familia cuando estén enterados del embargo, y, además de estas escenas y gastos, ganarse la enemistad de ellos.
YA INTERPUESTA LA DEMANDA EJECUTIVA
Busque un abogado que podría en el último caso dilatar el juicio, pero nada de esto servirá si es que usted no ha planificado también un plan para pagar la deuda.
Por eso, si tiene la posibilidad de llegar a un arreglo con el Acreedor, hágalo, hasta el último momento; tanto si el juicio va a su favor, como si no.
Éste podría suspender el remate; pero cumpla los plazos estipulados para pagar las cuotas del nuevo acuerdo. La demanda ejecutiva le ha significado plata a su acreedor, y se la cargará a usted además de los intereses, pactados, y hay que considerar que durante el juicio también corren los intereses legales
Por eso, todo dinero que llegué a sus manos será para pagar su deuda, previo arreglo con el acreedor.
Por si acaso, no créa que si vende el bien embargado se librará del problema, pues es nulo tal contrato de venta y usted sólo se meterá en problemas
Más bien, Si usted encuentra un comprador, puede llegar a un acuerdo con el acreedor para que retire la demanda, reciba su plata de manos del comprador y usted la diferencia, porque en los remates se malbaratéan los bienes, y es preferible no perder todo.
Evite ser garante o fiador de Terceros
Si usted deséa atención permanente para saber que hacer en todo momento, googlée: SERDEF AYUDA LEGAL, para que el abogado lo atienda online.